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Intrastat: ¿Qué es, por Qué se Crea y Cuándo Declarar?

¿Qué es Intrastat?

Si has llegado hasta aquí estamos convencidos que no ha sido al azar y que a grandes rasgos conoces qué es el Intrastat, no obstante, sigue leyendo, intentaremos sorprenderte con algunos datos que desconocías de esta declaración.

Todas las empresas que exportan mercancías a otros países deben tener una serie de obligaciones que cumplir entre ellas presentar la declaración Intrastat, pero ¿qué es exactamente? Te lo explicamos aquí.

 

¿Por qué se crea el Intrastat?

Con la creación de la Unión Europea en 1993 y su consecuente unificación de mercado en el mismo año (Mercado único), se minimizaron los trámites y la gestión documental aduanera, lo que supuso una agilización tremenda en el comercio entre países miembro y supresión de formalidades burocráticas. Este hecho precisó el establecimiento de un marco estadístico que reflejase este tipo de información entre los países miembro que comercializaban entre sí

Resumidamente se puedo decir que Intrastat es una normativa europea que, como consecuencia de la creación del mercado único, recoge las estadísticas de todos los movimientos comerciales de mercancías entre los países miembros de la Unión Europea, lo que incluye todo el tráfico marítimo de Algeciras, donde Partida Logistics es un referente en las operaciones de logística y transporte.

 

¿Cuándo presentar declaración Intrastat?

La declaración Intrastat se debe presentar en 3 casuísticas muy concretas que expondremos a continuación:

Declaración mensual

Se deberá realizar una declaración mensual Intrastat cuando se hayan realizado operaciones comerciales de mercancías desde el territorio peninsular e Islas Baleares que den lugar a un movimiento físico de dichas mercancías con otro Estado miembro de la Unión Europa o Irlanda del Norte y el valor de sus operaciones haya alcanzado el umbral de exención (actualmente 400.000 euros).

Declaración de expedición

Deberá presentar una declaración de expedición cuando haya realizado operaciones que supongan la salida de mercancías destinadas a otros Estados miembros de la Unión Europea o a Irlanda del Norte y en su conjunto hayan alcanzado el valor de 400.000 euros en el año natural anterior.

Declaración de introducción

Deberá presentar una declaración de introducción cuando haya realizado operaciones que supongan la entrada de mercancías procedentes de otros Estados miembros de la Unión Europea o de Irlanda del Norte y en su conjunto hayan alcanzado el valor de 400.000 euros en el año natural anterior.

 

¿Cómo presentar la declaración Intrastat?

La declaración Intrastat se debe presentar a la agencia tributaria de 2 maneras diferentes, mediante un formulario a papel y telemáticamente.

Como se ha mencionado anteriormente, independientemente del método que se use, se deberá presentar mensual o parcialmente dependiendo del periodo de referencia. Si prefieres evitar cualquier error durante el proceso, puedes confiar el procedimiento a un representante aduanero, como es Partida Logistics.

Si se incumple dichos plazos de presentación se tendrá que asumir sanciones dependiendo de la gravedad.

 

Sanciones e infracciones por incumplimiento

Dependiendo del tipo de infracción que se haya cometido se deberán asumir una sanción u otra que oscilarán entre los 60.10 euros la mínima hasta los 30.050,60 euros la más gravosa. El montante puede ser bastante cuantioso aun tratándose de que dicha recolección nutre exclusivamente datos estadísticos.

 

Según la infracción encontramos 3 tipos de sanciones:

  1. Leves (sanción entre 60,10 y 300,51 euros) La no remisión o el retraso en el envío de los datos requeridos cuando no se produjese grave perjuicio para el servicio, y hubiere obligación de suministrarlos y el envío de datos incompletos o inexactos cuando no hubiere causado perjuicio grave para el servicio, y hubiere obligación de suministrarlos.
  2. Graves (sanción entre 300,52 y 3005,06 euros). Envío de datos incompletos o inexactos cuando se produjese grave perjuicio para el servicio y hubiere obligación de suministrarlos, la no remisión o el retraso en el envío de los datos requeridos cuando se produjese grave perjuicio para el servicio, y hubiere obligación de suministrarlos.
  3. Muy graves (sanción entre 3005,07 y 30.050,60 euros). Incumplimiento del secreto estadístico, suministro de datos faltos, mala utilización de los datos obtenidos de los informes y estadísticas, la resistencia notoria, habitual o con alegación de excusas falsas en el envío de los datos requeridos, cuando hubiere obligación de suministrarlos.